Preguntas Frecuentes
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del 24 al 26 de diciembre de 2024 y el 1 de enero de 2025
El servicio de POLL LiveChat estará cerrado en observancia de la Navidad y del Año Nuevo:
del 23 al 27 de diciembre de 2024 y el 1 de enero de 2025
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Modificación
La orden actual de la corte está vigente hasta que el juez aprueba una modificación. Todas las partes bajo una orden de la corte son requeridas a cumplir la orden. No cumplir con una orden, con ciertas excepciones, puede resultar en ser declarado en desacato de la orden de la corte, y las sanciones pueden incluir multas y tiempo en la cárcel. Si hablar con el padre no ayuda y el peligro al niño es inmediato, llame al 9-11 (para una emergencia) o a Servicios de Protección de Niños (CPS) al 1 (800) 252-5400 (si usted sospecha que el niño está siendo maltratado o descuidado). Si el padre se presenta para la visita y está embriagado o muestra otras señales de peligro, llame a la policía y reporte el incidente.
Si usted y los padres están teniendo un desacuerdo, vea si las partes voluntariamente irán a mediación o pida a la corte que ordene a todas las partes ir a mediación. Mediación y Alternativas a la Mediación.
Su siguiente paso puede ser buscar una orden de protección y una modificación de la orden actual de la corte a un programa de horario más restrictivo. Hable con un abogado sobre sus opciones, llame a la línea especial de Acceso y Visitas, o visite www.texaslawhelp.org para formularios que puede llenar y presentar por su propia cuenta.
Repase su orden de la corte para saber si tiene una “restricción geográfica”, lo que significa que el padre con custodia no puede mudarse fuera de cierta región. Si usted necesita una copia de su orden de la corte, visite la oficina del secretario de distrito en el condado donde usted obtuvo su orden judicial. Lo más probable es que dicho condado sea donde estaba viviendo su hijo cuando obtuvo la orden. La oficina del secretario de distrito puede buscar su orden judicial con el Número de Causa o su nombre o número de Seguro Social, y puede darle una copia.
Si tiene una restricción geográfica, el padre con custodia estará desobedeciendo la orden si se muda fuera de la región designada. En este caso, usted puede intentar llegar a un arreglo, o pedirle a la corte que los ordene a los dos a una mediación o tomar pasos para hacer cumplir su orden.
Para leer más sobre hacer cumplir una orden de la corte, link to (Visitationà Enforcement)
Si no hay una restricción geográfica en su orden, usted puede pedirle a la corte una modificación o cambiar su orden para ordenar al otro padre a quedarse en una ciudad o condado o área geográfica. Link to (VisitationàModification)
La Procuraduría General no puede ayudarle para obtener una restricción geográfica.
Los padres saben que es de esperarse que los adolescentes, a cierta edad y nivel de madurez, quieran negociar con ambos padres el lugar a dónde van a vivir. Una solución es incluir en el plan existente unos días “imprevistos” para que el niño los use y pueda aumentar o bajar el tiempo dentro de un horario fijo. Hay muchas razones por las cuales un niño le puede decir a uno de sus padres que quiere vivir con el otro padre. Mientras que algunos niños buscan controlar dónde viven, es mejor que los padres decidan dónde van a vivir sus hijos. Los padres que pueden ponerse de acuerdo antes de reunirse juntos con el niño para discutirlo, muestran que mamá y papá son un frente unido, aun cuando viven en casas separadas.
Algunas cortes pueden considerar los deseos de niños mayores de 12 años cuando deciden dónde deben vivir. Muchos padres no quieren poner al niño de por medio pidiéndole al niño que elija entre mamá y papá. El juez no tiene que acceder a lo que quiere el niño y hacer el cambio. La preferencia del niño es una de muchas cosas que el juez considera al decidir dónde debe vivir un niño. El juez puede nombrar a una parte neutral para examinar la disputa y hacer una recomendación. Las cuotas para este servició son divididas entre las partes involucradas en el caso.
Si usted desea convertirse en el padre principal, usted debe presentar una petición para modificación ante la corte, pidiéndole al juez que lo nombre el tutor principal. Usted debe comprobarle a la corte que la modificación es en el mejor interés del niño, lo que a veces puede ser difícil. Consulte con un abogado sobre los cambios que usted desea hacer a su orden o visite https://texaslawhelp.org/ para información sobre cómo hacerlo por su propia cuenta.
Lea más información general sobre la modificación de una orden de la corte aquí. (VisitationàModification)
Si el otro padre voluntariamente le da el niño a usted o el niño ha estado viviendo con usted por lo menos 6 meses, puede ser más fácil convertirse en el padre con custodia. (Esto no aplica si la única razón por la cual usted está cuidando al niño es porque el otro padre está cumpliendo con un desplazamiento militar.) La Procuraduría quizás puede ayudar.
Si el tutor administrador voluntariamente le entrega el niño, usted puede buscar ayuda de la Procuraduría General.
Si el padre no está de acuerdo que usted debe ser el tutor administrador principal, puede ser un poco más difícil. Usted debe comprobar que las circunstancias han cambiado y que vivir con usted es en el mejor interés del niño.
Sería más probable que una corte lo nombre a usted como tutor administrador principal si el padre voluntariamente le ha entregado el niño a usted o a otra persona o agencia.
Consulte un abogado si usted quiere ser el tutor administrador. Un abogado puede ayudarle a presentar una petición para modificar la orden de la corte. Lea más sobre las peticiones para modificar aquí. Diríjase a su biblioteca local o biblioteca de derecho para formularios que necesitará presentar.
Si usted cree que el niño está en grave o inmediato peligro, comuníquese con 9-11 (en caso de una emergencia) o con Servicios de Protección de Niños (CPS) al 1 (800) 252-5400 si cree que el niño está siendo maltratado o descuidado.
En casos con violencia intrafamiliar, quizás usted también pueda obtener ayuda de emergencia con una orden de protección. Usted debe presentar una demanda para modificar la tutela tras haber obtenido la orden de protección.